domingo, 18 de marzo de 2012

La Criminología como línea estratégica del Ministerio del Interior (I)

Esta entrada tiene como punto de partida la última comparecencia del ministro del Interior, el Sr. D. Jorge Fernández Díez, el pasado jueves día 15 de marzo de 2012. En ella proponía las líneas estratégicas y el programa de trabajo del Ministerio del Interior en esta X Legislatura. Todo ello con la idea principal de hacer que España cada vez sea un país más seguro, dando especial importancia al anticiparse y prevenir.

A partir de estas declaraciones, creo de interés realizar una serie de entradas explicando la verdadera necesidad de la inclusión de la figura profesional del criminólogo en las diferentes áreas de seguridad dependientes del Ministerio del Interior, así como la creación de una <Comisión para el Estudio de la Reincidencia en los delitos Graves>, gestionada por criminólogos.

Somos profesionales expertos en el estudio de la conducta delictiva, del delincuente, de la víctima, del control social ante el delito y de la reacción social provocada por este. Por lo tanto, necesarios para la mejora de la gestión en la seguridad pública de España.

Comenzaremos hoy por la tercera línea estratégica del Ministerio del Interior. Espero que sea de vuestro interés.
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Antes de comenzar, me gustaría cerrar el marco conceptual en este área, ¿qué es la reincidencia?. La reincidencia es el comportamiento delictivo, de una gravedad establecida, ocurrido después del momento en que se ha valorado el riesgo de este comportamiento y el sujeto se encuentre en una situación de riesgo (que tenga la posibilidad de cometer delitos).

Y, ¿cómo sabemos la reincidencia que existe en España?. Existen tres formas fundamentales de medición. La manera más común de medirla es a través de datos oficiales (judiciales). El problema es que existen diferentes registros y hay una baja estimación. Otra forma de medirla es según datos de la policía. El problema es que estos datos son poco accesibles y existen diferentes registros entre diferentes policías. Por último, podemos medir la reincidencia utilizando autoinformes, más completo, aunque difícilmente accesible y poco sólido.



Lo más útil y práctico sería utilizar los tres tipos de medición, de manera que podamos obtener así los datos más reales posibles y saber así la verdadera reincidencia existente en España.

Tras esta introducción, volvamos a las palabras del ministro del Interior, el cual expresaba la firme voluntad de trabajar en la reducción de la reiteración delictiva. 

Ciertamente, hoy en se están llevando a cabo muy pocas acciones eficaces en política criminal con el objetivo de que las personas que han cometido hechos delictivos no reincidan en estos, o en otros.

Es necesario que se actúe en coordinación con el Ministerio de Justicia, como afirma el ministro, ya que es desde este Ministerio desde donde se puede acceder a realizar las actuaciones necesarias para la valoración y la gestión de la reincidencia: instituciones penitenciarias, libertad vigilada, centros de reforma de menores... etcétera.



¿Y, cómo podemos valorar si una persona va, o no, a reincidir tras salir de prisión? Aquí es donde necesitamos a un criminólogo, experto profesional en la realización de informes criminológicos de valoración del riesgo de reincidencia.

Como ya escribí en una entrada anterior, los criminólogos contamos con herramientas de valoración y gestión del riesgo de reincidencia y de comportamiento violento. Herramientas que deben emplearse por criminólogos que hayan recibido una adecuada formación sobre su forma de manejo, con los manuales correspondientes y, si es posible, por parte de los autores de las mismas. También es importante que asistan a formación continua en seminarios y jornadas sobre factores de riesgo, factores de protección y valoración y gestión del riesgo. 

Con todo, ¿ante qué comportamientos podemos valorar el riesgo de reincidencia? Los criminólogos podemos valorar el riesgo de reincidencia de violencia grave (HCR-20, VRAG), de violencia sexual (SVR-20), de violencia en la pareja (SARA, EPV), de violencia femenina (FEM), de violencia juvenil (SAVRY), de violencia cometida por menores con conductas de agresión sexual (ERASOR), y tras la valoración, gestionar adecuadamente el riesgo.


¿Cuándo es importante realizar la valoración del riesgo de reincidencia?

Adultos
Es fundamental que se realice desde el mismo momento en que un adulto entra en prisión. De esta manera, podremos ir realizando informes criminológicos de valoración del riesgo de reincidencia cada 4-6 meses, (según la herramienta y nuestros objetivos), observando la evolución del mismo ante posibles tratamientos o ante la propia institucionalización. Servirá tanto para tener información sobre el progreso, de cara a un posible cambio de grado o situación penitenciaria (aislamiento, 1º grado, 2º grado...), como para la inclusión en determinados programas, salidas de prisión, etcétera (3º grado, libertad condicional, beneficios penitenciarios).

Así pues, los momentos en los que hay que realizar un informe criminológico son:

- Primer informe al ingresar en el centro penitenciario
- Informes criminológicos de gestión de reincidencia periódicos. Se utilizarán tanto para los cambios de situación penitenciaria como para la orientación ante el tratamiento y posibles actividades a realizar por el reo.
- Un último informe, más completo y detallado, en el momento de obtención de los primeros permisos de salida, así como en el momento de abandonar el centro penitenciario, al cumplir la totalidad de la pena privativa de libertad. En este último informe quedará de manifiesto la peligrosidad de reincidencia, detallando ante qué situaciones y medios esta peligrosidad puede ser mayor.



Menores
De la misma manera es fundamental realizar informes sobre la reincidencia de los menores en centros de reforma, observando su evolución dentro del centro, estudiando los factores de riesgo y de protección existentes en el joven y orientando la intervención socioeducativa. Esto ayudará y orientará tanto al psicólogo del centro, como a los trabajadores y educadores sociales, los cuales están en contacto directo con el menor diariamente.

Con todo, queda clara la importancia de la inclusión del Criminólogo, tanto en instituciones penitenciarias, como en centros de menores (reforma). 

Navarra: pionera en la valoración del riesgo de reincidencia en centros de menores

Criminólogos formados en herramientas de valoración y gestión del riesgo de reincidencia que, en Navarra, estamos desde hace unos años trabajando mediante la realización de informes criminológicos en centros de menores (reforma), tal y como se publicó en prensa hace unos meses.

La experiencia es inmejorable, ya que tanto psicólogos, como trabajadores sociales y educadores sociales se han dado cuenta de lo importante y necesario de nuestro trabajo, para la adecuada gestión del riesgo de los menores. La utilización de estas herramientas, en la práctica diaria se ha definido como útil, necesaria y enriquecedora, mejorando la valoración del riesgo de reincidencia y ayudando a que esta sea menor.

Espero que esta entrada haya sido de vuestro interés.

Un saludo y, ¡muchas gracias por leerme!